E-government: cómo funcionarán lo buzones de correo electrónico

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El 1 de agosto de 2016, según la Ley núm. 305/2013 en materia de e-Government, comenzó la activación de los buzones de correo electrónico para las comunicaciones entre las entidades públicas y las empresas/filiales de las compañias registradas. Los buzones de correo electrónico para los particulares y para los empresarios individuales solo se activarán bajo demanda.
Del 1 de enero 2017 todos los buzones se activarán automáticamente.
Para las nuevas compañias los buzones electrónicos serán asignados y aprobados en el momento de la constitución.
Los buzones son accesibles a través del portal del Gobierno Central www.slovensko.sk.
El procedimiento hará posible la entrega de la correspondencia oficial de las autoridades a los titulares de los buzones electrónicos y viceversa.
¿Quién podrá utilizarlos?
– En el caso de una persona jurídica: el administrador o un miembro de la junta;
– En el caso de oficina sucursal registrada: el gerente de la misma sucursal o un delegado de la sociedad madre.
Se accede al buzón de correo a través del portal de la administración central www.slovensko.sk.
Para acceder es necesario poseer:
– Tarjeta de identidad con chip electrónico o tarjeta de residencia con chip electrónico;
– Código de seguridad personal (BOK);
– Lector de tarjetas.
Las aplicaciones necesarias se encuentran en el sitio https://www.slovensko.sk/sk/na-stiahnutie.
Las personas jurídicas que poseen la ID con chip electrónico pueden delegar una tercera persona dando aviso a través de su proprio correo electrónico habilitado.
Si los representantes legales no poseen la identificación con chip electrónico, el titular real del buzón debe autorizar a otro particular o persona jurídica para el acceso a través de formulario en papel. El documento, con la firma autenticada del titular real, debe enviarse a la Oficina del Gobierno de la República Eslovaca.
Tendrán acceso a las buzones de correo electrónico únicamente las personas autorizadas.
Con los buzones de correo electrónico será posible la entrega ordinaria o personal de las comunicaciones. El mensaje electrónico se considerará entregado en el día de su depósito en el buzón de correo electrónico. El período de retención, de 15 días, comienza el día inmediatamente siguiente a aquel en el que el mensaje electrónico se ha depositado en el buzón de correo, con las excepciones previstas por la ley. Después de este período, el mensaje será considerado leído.

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Foto: Pixabay

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