El Tribunal Constitucional suspendió el decreto sobre el nuevo régimen fronterizo

El martes 13 de julio, la Corte Constitucional suspendió la vigencia del decreto de la Autoridad de Salud Pública (ÚVZ) que el 9 de julio introdujo la cuarentena obligatoria para las personas no vacunadas que entren en Eslovaquia y la prueba de Covid para los trabajadores transfronterizos no vacunados.

Sin embargo, el régimen fronterizo sigue en vigor ya que el Tribunal aún no ha publicado en la Colección de Leyes su decisión sobre la conformidad del decreto con la Constitución eslovaca.

Esta decisión fue adoptada tras la presentación de una solicitud firmada por 31 diputados de la oposición, principalmente miembros del partido Smer-SD.
Los firmatarios argumentan que el decreto discrimina a las personas no vacunadas y viola su derecho constitucional a la libertad de circulación y residencia y el derecho a la libre entrada al territorio de Eslovaquia. En el caso de los trabajadores transfronterizos, los parlamentarios afirman que también se viola el derecho al trabajo garantizado por la Constitución.

Además, argumentan que la vacunación debe ser considerada como un derecho y no como una obligación y, en cualquier caso, no debe utilizarse como una herramienta para discriminar a los ciudadanos. La cuarentena obligatoria, en opinión de los firmatarios, «no es una medida legislativa necesaria para perseguir un objetivo legítimo, minimizar la propagación de enfermedades infecciosas con el fin de proteger la salud pública, lo que se puede lograr de una manera menos invasiva».

El decreto fue fuertemente criticado también por los operadores del sector turístico, una vez más severamente afectados por las medidas restrictivas. De hecho, en los últimos días, muchos turistas checos y polacos han comenzado a cancelar sus reservas en las instalaciones hoteleras de Eslovaquia.

Sin embargo, la razón por la que el Tribunal Constitucional suspendió la orden es diferente: según los jueces, el nuevo régimen fronterizo prevé una excepción a la cuarentena para las personas que hayan recibido la primera dosis de la vacuna, aunque de forma temporal hasta el 9 de agosto. Por tanto, se permite la libre circulación a personas que no están totalmente inmunizadas contra el coronavirus y esto, dice la Corte, «es controvertido en cuanto a la protección de la vida y la salud».

Los higienistas, por su parte, invitan a todos a respetar el régimen fronterizo y a someterse a pruebas de Covid para evitar la propagación masiva en el país de la nueva variante delta del coronavirus.

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Foto: ustavnysud.sk

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