Aumento del salario del trabajo nocturno, los fines de semana y en días festivos, beneficios para los trabajadores pendulares y el traslado a otras regiones para fines laborales, introducción de la decimotercera y decimocuarta remuneración, simplificación del procedimiento para la contratación de trabajadores procedentes de terceros países. Estos son los cambios introducidos en el Código de Trabajo y en la ley sobre servicios de empleo que entró en vigor el 1 de mayo de 2018.
Por trabajo nocturno, los trabajadores recibirán un aumento del 30% del salario mínimo por hora. Por trabajos riesgosos, el aumento será del 35%, mientras que por trabajo extra el aumento será de al menos un 25% del salario mínimo por hora.
Por el trabajo de fin de semana habrá aumentos del 25% del salario mínimo por hora el sábado y del 50% el domingo. Si el tipo de actividad necesariamente requiere trabajo durante el fin de semana, los aumentos mínimos previstos serán del 20% (sábado) y 40% (domingo). Por el trabajo en días festivos, el aumento por hora será del 100%.
Las empresas en las que trabajan menos de 20 empleados y no hay sindicatos están autorizadas para acordar en el contrato laboral la exención de suplementos mínimos.
El 1 de mayo de 2019 entrarán en vigor los nuevos suplementos previstos en la segunda fase de las enmiendas del Código de Trabajo.
Por el trabajo nocturno habrá un aumento del 40% del salario mínimo por hora (50% en el caso de profesiones riesgosas); por el trabajo de fin de semana los empleados recibirán un aumento de hasta 50% (sábado) y 100% (domingo). Por el trabajo en días festivos, el aumento por hora será del 100%. Las excepciones previstas para pequeñas empresas siguen siendo válidas.
El 1 de mayo entraron en vigor también nuevas normas relativas a la decimotercera y decimocuarta remuneración, que por el momento los empleadores pagarán en junio y diciembre de forma voluntaria y con impuesto gradual (500 euros estarán exentos de impuestos). El monto de la decimotercera remuneración debe ser al menos equivalente a un salario mensual. Sin embargo, solo los trabajadores que tengan al menos 24 meses de antigüedad en la misma empresa podrán beneficiarse de esta remuneración. La decimocuarta mensualidad sólo se pagará a los empleados que tengan al menos al menos 48 meses consecutivos de antigüedad en la misma empresa.
El empleador ahora tiene la obligación de indicar, en la publicación de las ofertas de trabajo, el monto de los componentes salariales básicos que se garantizarán a los candidatos. También puede indicar los suplementos por el trabajo nocturno, los fines de semana y días festivos, la decimotercera y decimocuarta remuneración.
Los cambios en el Código de Trabajo también incluyen medidas para promover la movilidad de los trabajadores. El monto mensual máximo por el viático aumenta de 135 euros a 200 euros, mientras que la asignación máxima mensual por traslado a 50 kilómetros de distancia del hogar sube de 250 euros a 400 euros por mes durante un período de seis meses. La compensación para los cónyuges baja de 600 a 300 euros.
Entre los cambios también hay el pago de una indemnización de hasta un máximo de 4.000 euros (6.000 para los cónyuges) por los costos relacionados con el traslado y el alquiler de una casa durante dos años a más de 70 kilómetros de distancia de la residencia.
La cuotas para viáticos en territorio nacional son las siguientes:
– 4.50 euros para viajes de 5 a 12 horas;
– 6,70 euros para viajes de 12 a 18 horas;
– 10,30 euros para viajes de más de 18 horas.
El valor mínimo del vale de comida será de 3,38 euros, mientras que la contribución mínima diaria del empleador para comidas será de 1,86 euros.
El empleador tendrá derecho a una deducción fiscal máxima de 2,48 euros sobre la contribución para comidas.
Finalmente, se introdujo un procedimiento simplificado para la contratación de trabajadores de terceros países para profesiones en las que no hay solicitantes, y en distritos con tasas de desempleo inferiores al 5%.
Fuente: Zákonník práce 2018
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Foto: Pixabay CC0
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