Rubrica legal: Responsabilidades penales por las decisiones del empleado (primera parte)

Tu sociedad también puede enfrentarse a graves responsabilidades penales por solo una de las decisiones del empleado.

Durante el desarollo de nuestras actividades legales a nivel internacional muy a menudo nos dirigen las siguentes preguntas:
¿Es posible que una sociedad pueda ser culpable y responsable de un delito penal?
¿Es posible que, tras solo una decisiόn tomada por el administrador, el fiscal o un simple empleado que actuen en nombre de la sociedad, se pueda llegar a tener consecuencias de naturaleza penal y liquidatoria?

La respuesta es “Sí” debido a la nueva ley sobre la respondabilidad penal de las personas jurídicas que ha sido adoptada por el sistema legislativo y es válida y eficaz en el territorio de la República Eslovaca.
“Sí” es también la respusta a la segunda pregunta. Una sociedad de hecho puede resultar culpable y ser responsable penal para los delitos cometidos por sus proprios empleados.
Dada la importancia de la cuestiόn, es necesario explicar en detalle que la nueva ley no condena solo a las empresas que cometen delitos, sino que condena a todas las empresas que dejan de cumplir con el deber de vigilancia y que podrían encontrarse en problemáticas penales por solo una decisiόn equivocada de un empleado.

Ley 91/2016 GU sobre la responsabilida penal de las personas jurídicas

La ley introduce un mecanismo de sanciones de naturaleza penal hacia las personas jurídicas en casos de delito, es decir de conductas contra legem durante el desarrollo de las actividades del mismo sujeto jurídico. En caso de condena se pueden imponer distintas sanciones a las personas jurídicas capaces de dañar gravemente la reputaciόn o el desarrollo econόmico de la sociedad o que puedan llevar también a la disoluciόn del sujeto.

Desafortunadamente las sociedades todavía no son conscientes de los limites de su propria eventual responsabilidad penal.

¿La sociedad cuándo es responsable?

La sociedad se vuelve responsable si el delito se ha cometido: en su nombre; en su interés; en el marco del ejercicio de su actividad o a través de ella.

¿Qué es lo que puede hacer una sociedad responsable?

La sociedad es responsable de las acciones de sus dirigentes, de las personas que ejercen actividades de control y vigilancia y de cualquier otra entidad que pueda representar a la persona jurídica.

Desde el punto de vista de los empresarios, el punto crítico que hay que subrayar es que la persona jurídica puede ser responsable también de un delito que se comitiό al haber fallado el control y la vigilancia por parte de uno de los sujetos competentes. En otros terminos, si la sociedad no toma medidas adecuadas puede convertirse en culpable de un delito cometido por uno cualquiera de los empleados.

A este respecto es importante subrayar que para llevar a la sociedad a ser responsable de forma penal no es necesario que se identifique la persona física que cometiό el delito. Este asunto pone al empresario en un lugar más peligroso aún y obliga a todas las empresas a prestar más atenciόn todavía.

¿Qué sanciones se pueden imponer?

Las sanciones que se pueden imponer son: disoluciόn de la persona jurídica; confiscación patrimonial; confiscación de los bienes; sanción pecuniaria; prohibición de ejercer la actividad; imposibilidad de recibir contribuciones y subvenciones públicas; imposibilidad de recibir fondos concedidos por la Uniόn Europea; imposibilidad de participar a licitaciones públicas; publicaciόn de la sentencia condenatoria.

Para los interesados a una eficaz protecciόn de su propria sociedad, en el prόximo artículo proporcionamos las posibilidades eventuales para poderse deresponsabilizar y describimos las medidas que pueden actuar los sujetos jurídicos y que permiten a los empresarios de enfocarse en el desarrollo de su negocio sin correr riesgos innecesarios.

Mgr. Juraj Krásny
SMA advokátska kancelária s.r.o.

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